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Dictan cárcel a policías implicados en minería ilegal

Dos efectivos policiales suministraban explosivos para la minería ilegal.

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La Segunda Fiscalía Superior Penal de Abancay dictó 8 años de cárcel a policías que vendían explosivos para minería ilegal en Apurímac.

Es así como dos policías suministraban de explosivos para la minería ilegal, obteniendo dinero de procedencia ilícita.

Se trata de Carduci Serrano y Karen Falcón, quienes fueron hallados culpables del delito de lavado de activos, en la modalidad de actos de conversión, en agravio del Estado.

La fiscal superior, Delia Muñoz, a cargo del caso en segunda instancia y el fiscal adjunto provincial, Milton Jerillo; demostraron el incremento inusual del patrimonio de los condenados, los ingresos no justificados, el desbalance patrimonial, los bienes que adquirieron y otros; así como la vinculación delictiva con el suministro ilegal de material explosivo.

Los efectivos policiales realizaron la compra de vehículos e inmuebles, depósitos y movimientos bancarios, con la finalidad de ocultar el origen ilegal de las ganancias obtenidas.

Tanto el Ministerio Público como los sentenciados apelaron la decisión de primera instancia. Tras ello, la Fiscalía Superior incrementó un año más su condena.

Minam rechaza proyectos de ley que promueven la minería ilegal

El Ministerio del Ambiente (Minam) expresó su preocupación respecto al contenido de dos proyectos de ley presentados en el Congreso de la República. Según manifestó, ambos proyectos tendrían propósitos relacionados con la práctica de la minería ilegal, lo cual es perjudicial para la sostenibilidad en el país.

Uno de ellos es el Proyecto de Ley 5881, referido a la ampliación del plazo de presentación del Instrumento de Gestión Ambiental y Fiscalización para la Formalización de Actividades de Pequeña Minería y Minería Artesanal, hasta el 30 de abril del 2021; así como la ampliación del plazo de acreditación de producción mínima del año 2019. Finalmente, otras de las medidas serían  la ampliación hasta diciembre del 2020 del pago derecho de vigencia del 2019 y penalidad por la no presentación de la acreditación de la producción mínima del año 2019.

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