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Jornada laboral minera: Diputados chilenos manifestaron su preocupación al respecto

Señalan que este tipo de jornadas afectaría salud de trabajadores.

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La Cámara de Diputados de Chile aprobó manifestar su preocupación respecto a la jornada laboral especial, como la que corresponde a la industria minera, al presidente de ese país, Gabriel Boric, así como a la ministra de Minería, Marcela Hernando.

Esta decisión se tomó luego que los diputados emitieran 105 votos a favor, 12 en contra y 17 abstenciones respecto al tema mencionado.

Tengamos presente que, en la actualidad, la resolución 306 detalla que algunas actividades del sector minero impiden que sus trabajadores puedan tener una jornada laboral ordinaria; es decir, de 45 horas a la semana. Por ello, las empresas mineras suelen implementar jornadas laborales especiales, tales como las jornadas bisemanales o jornadas excepcionales.

Señalan perjuicios en jornada laboral minera

Sin embargo, los diputados consideran que este tipo de jornada laboral en la industria minera puede causar estragos en la salud de los trabajadores.

“Los perjuicios que este tipo de distribución horaria puede llegar a tener, a corto y largo plazo, en la salud de los trabajadores de dicho sector y en su grupo familiar; además de los perjuicios económicos que en muchos casos se generan en las regiones mineras; y también se sugiere que se realicen estudios para analizar y constatar la existencia de las externalidades negativas que se señalan”, indican.

Por otro lado, el documento de la Cámara de Diputados especifica en qué regiones se encuentra la mayor parte de trabajadores con estas jornadas especiales.

En ese sentido, se señala a Tarapacá, Antofagasta y Atacama como las regiones donde más trabajadores cumplen una jornada laboral como la minera.

“De acuerdo con el Consejo Minero, estos trabajos realizados como trabajo de turno permiten alternar un determinado número de días de trabajo con otros de descanso, siendo los sistemas de turnos más conocidos por la gran minería el 7×7 o 4×4, equivalentes a 42 horas semanales, con turnos de 12 horas diarias, sin margen a horas extraordinarias, y considerándose la colación como parte de la jornada. Otras jornadas relevantes son: 4×3; 5×2; con 43 y 42 horas semanales, respectivamente”, se indica en el texto.

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