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Medio Ambiente

Nueva demanda contra Minera Escondida por daño ambiental

Acusan a Escondida de hacer un uso desmedido de agua de acuífero.

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Nuevamente, el Primer Tribunal Ambiental acogió a trámite una demanda contra la minera Escondida (de BHP), en Chile.

Esta vez, la acción la interpuso la Comunidad Indígena Atacameña de Peine. La comunidad acusa a la minera de hacer uso desmedido de agua desde el acuífero Monturaqui-Negrillar-Tilopozo, ubicado en la comuna de San Pedro de Atacama.

Esto, al parecer, produce un menoscabo en el componente hídrico y un impacto negativo en la vegetación de dicho acuífero, según la comunidad. Además, sustenta su reclamo en la sanción que aplicó la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) tras la disminución de más de 25 centímetros del nivel freático (nivel de agua) en el sector de Tilopozo.

En la demanda contra la minera, la comunidad responsabiliza del daño ambiental a la conducta antijurídica de Escondida; ya que “habiéndose activado los umbrales del PAT (Programa de Alerta Temprana) del acuífero no denunció dicha situación; y no adoptó las medidas preventivas a las que estaba obligada para evitar que se produjeran las consecuencias dañosas en el medio ambiente; el cual forma parte del territorio ancestral de nuestra comunidad.

Demanda aduce daño ambiental significativo de la minera Escondida

Por otro lado, el documento muestra los antecedentes socioculturales de la comunidad indígena y la importancia de las vegas de Tilopozo en las actividades agropastoriles.

Sin embargo, estos han cambiado en la última década, señala la demanda de la comunidad contra la Minera Escondida; sobre todo, debido “a la disminución hídrica en la zona y al desarrollo de la actividad minera al interior del Salar de Atacama”.

Ahora, los demandantes cuantifican el impacto en un estimado de cientos de años sobre las aguas subterráneas que sostienen un sistema tan sensible como es el Salar de Atacama. Por ello, mencionan que “no puede sino que considerarse como un daño ambiental de carácter significativo”.

“La dimensión de la afectación en cuanto a su extensión es de toda relevancia; toda vez que, alrededor de un cuarto de la vegetación ha sufrido una disminución de su vigor y/o cobertura”, indica la demanda, “tendencia que es claramente reconocible para el período de 1995 a 2020 en que operaba Minera Escondida”.


 

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