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Pensionistas mineros cobrarán bono complementario este 15 de julio

Bono beneficia a pensionistas de la Ley N° 25009 y Ley N° 27252.

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¡Atención, pensionistas mineros! A partir de este jueves 15 de julio, la Oficina de Normalización Previsional (ONP) pagará el beneficio anual correspondiente al Fondo Complementario de Jubilación Minera, Metalúrgica y Siderúrgica (FCJMMS).

Recordemos que este pago corresponde a los pensionistas de las actividades mencionadas, que pertenecen a la Ley N° 25009 y Ley N° 27252; es decir, tanto del Sistema Nacional de Pensiones (SNP), como del Sistema Privado de Pensiones.

Asimismo, se debe tener presente que el fondo en la actualidad asciende a 118 237 000 millones de soles. Todo ese dinero se repartirá entre los 29,011 pensionistas mineros, metalúrgicos y siderúrgicos registrados. Para ser más exactos con la información, de los pensionistas beneficiados, 26 001 forman parte del SNP y 3010 al sistema privado.

Se debe tener presente que solo recibirán el bono los pensionistas que presentaron sus solicitudes hasta el 31 de diciembre de 2020. Por supuesto, dichas solicitudes debieron tener sustento en el cumplimiento de los requisitos prestablecidos.

¿Cómo será el cobro de los pensionistas mineros de la ONP y AFP?

En primer lugar, los pensionistas bajo la administración de la ONP recibirán el bono en la misma cuenta en la que perciben sus pensiones mensuales. Aunque, cabe precisar que los pensionistas mineros del SNP que no cobran en el Banco de la Nación ya se les abrió una cuenta en dicho banco.

Por otro lado, a los pensionistas que corresponden a las AFP, se les abonará el beneficio en la misma cuenta que se hizo el año pasado.

Mientras que, para el caso de los nuevos beneficiarios, deberán acercarse al Banco de la Nación más cercano a su vivienda, con su DNI. Esto también aplica para quienes olvidaron su clave o extraviaron su tarjeta con la que realizan el cobro.

Finalmente, es preciso decir que los beneficiarios del bono corresponden al grupo de pensionistas de jubilación e invalidez de la Ley Nº 25009 y la Ley Nº 27252.

De igual modo, los beneficiarios de pensión por viudez y orfandad derivados de pensionistas mineros (jubilación) de los regímenes indicados.


 

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